6.5.4. riesgo durante la lactancia

- Objeto: cubre la pérdida de rentas de la trabajadora en los casos en que debiendo cambiar de puesto de trabajo por otro compatible con su situación, dicho cambio de puesto no resulte técnica y objetivamente posible o no pueda razonablemente exigirse por motivos justificados.
- Beneficiarias: Las trabajadoras por cuenta ajena, incluidas en el Régimen General de la Seguridad Social, en situación de suspensión del contrato de trabajo por riesgo durante la lactancia natural.
- Requisitos: estar afiliada y en alta, si trabaja por cuenta ajena, o a la interrupción de la actividad profesional si es trabajadora por cuenta propia.
- Contenido o cuantía: subsidio equivalente al 100% de la base reguladora.
- Extinción:
- Trabajadoras por cuenta ajena: cuando el/la hijo/a cumpla nueve meses. Por reincorporación al puesto de trabajo anterior o a otro compatible con su estado. Por extinción del contrato de trabajo por causas legales. Por fallecimiento.
- Trabajadoras por cuenta propia: cuando el hijo/a cumpla nueve meses. Por incorporarse a su actividad profesional. Por causar baja en el Régimen Especial de la Seguridad Social. Por fallecimiento.
- Duración: Se abonará el tiempo necesario para la protección de la seguridad de la trabajadora y/o del feto.