6.2.1. contrato temporal de fomento de empleo
Real Decreto 1451/83, de 11 de Mayo.
Real Decreto 170/2004, de 30 de Enero.
Real Decreto 290/2004, de 20 de Febrero.
Ley 43/2006, de 29 de Diciembre.
REQUISITOS DE LOS/AS TRABAJADORES/AS
- Ser trabajador/a con discapacidad con un grado igual o superior al 33% reconocido como tal por el Organismo competente, o pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente en el grado total, absoluta o gran invalidez, o pensionistas de clases pasivas que tengan reconocida un pensión de jubilación o retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad.
- Desempleados/as inscritos en la Oficina de Empleo.
- Quedan excluidos los/as trabajadores/as que hayan finalizado su relación laboral de carácter indefinido en un plazo de tres meses previos a la formalización del contrato.
- Cuando la discapacidad es severa, existen además otros requisitos:
- ser trabajador/a con discapacidad igual o superior al 33% en el caso de padecer una parálisis cerebral, personas con enfermedad mental o personas con discapacidad intelectual.
- trabajador/a con una discapacidad física o sensorial, con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 65%.
- el/a trabajador/a no debe haber estado vinculado a la empresa, grupo de empresas o entidad en los 24 meses anteriores a la contratación mediante un contrato por tiempo indefinido.
REQUISITOS DE LA EMPRESA
- Las empresas que extingan por despido reconocido o declarado improcedente o por despido colectivo contratos bonificados quedarán excluidas por un período de doce meses de las bonificaciones establecidas en este programa.
DURACIÓN Y JORNADA
- Duración entre 12 meses y 3 años.
- Prórrogas no inferiores a 12 meses.
- El contrato podrá ser a tiempo completo o parcial.
INCENTIVOS
- Bonificación de la cuota empresarial de la Seguridad Social en general de:
- 3500 €/anuales. 4100€ /anuales si la discapacidad es severa.
- 4100 € si es mujer. 4700 € si es discapacidad severa.
- 4100 € si es mayor de 45 años. 4700€ si es discapacidad severa.
- 4700€ si es mujer mayor de 45 años. 5300€ si es discapacidad severa.
COMPENSACIÓN ECONÓMICA Y OTRAS
- A la terminación del contrato, el/a trabajador/a tendrá derecho a una indemnización de 12 días de salario por año de servicio.
- Su transformación en indefinido dará lugar a los incentivos establecidos para los contratos indefinidos.